Recursos informativos
PULSO LABORAL
¡Mantente al día!
México, a 12 de diciembre de 2024 Apoyamos completamente el proyecto de vivienda presentado por la Presidenta Claudia Sheinbaum para los trabajadores y trabajadoras de México. Es una realidad el problema de vivienda que se tiene principalmente en zonas urbanas, y el INFONAVIT como órgano tripartito debe promover la adquisición de vivienda digna para todos los trabajadores en México. Consulta: El Universal

Revista Laboral 206: "Análisis Caso Mina San Martín"
Los principios de libertad sindical, en específico, el derecho a dejar de pertenecer a una organización sindical a sido poco analizada en México. En el caso Mina San Martín, nos deja como reflexión la nula protección a los derechos de libertad sindical de los trabajadores huelguistas, la cual es necesario analizarlo detalladamente para poder garantizar su protección, aprovechando los principios de la Reforma Laboral del 2019.
Revista Laboral 206: "Análisis Caso Mina San Martín"


REPORTAJE: Mujeres obreras frente al nearshoring, las brechas de género
Es importante destacar la participación que tienen los sindicatos para garantizar y promover la protección de los derechos laborales de las mujeres así como asegurar su trato justo y equitativo en aquellas empresas que ven a México como el lugar perfecto para relocalizar su cadena de suministro. Es evidente los tratos desiguales que se le da a las mujeres tanto en el pago de su salario como en el acceso a ciertos puestos y capacitaciones en México, es por eso la necesidad de contar con el respaldo de un sindicato fuerte que fomente una negociación colectiva auténtica con los trabajadores y empleadores, y así abrir este diálogo social eficaz e incluyente para promover la protección de los derechos laborales no solamente de las mujeres sino de los trabajadores en general. México se encuentra en un punto crucial, la Inversión Extranjera Directa que ha llegado ha México por esta tendencia del Nearshoring debe ser mantenida pero también estas inversiones deben estar alineadas a los principios de la reforma laboral del 2019 por lo que respecta a contar con un sindicato representativo y que efectivamente lleve a cabo la protección y defensa de los derechos de los trabajadores.
Consulta el reportaje completo en:
https://lexlatin.com/reportajes/mujeres-obreras-nearshoring-brechas

Perspectiva de género, ¿que significa?
Cade vez más se usa la palabra perspectiva de género, pero ¿sabes que significa? La perspectiva de género son los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres (eliminar el piso pegajoso y brechas salariales)
Es necesario establecer las herramientas para crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en una verdadera igualdad de género.
¿Que buscamos?
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Salarios iguales
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Condiciones laborales iguales
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No discriminación
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No despidos por embarazos
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Equilibrio trabajo-familia
Solicitud de mejora a las instalaciones del AICM
Suplicamos a las autoridades federales dar atención prioritaria a las instalaciones del AICM, cuyas afectaciones perjudican el trabajo de nuestros agremiados, a los ciudadanos y usuarios.



La subcontratación de personal está prohibida.
De acuerdo a la reforma de 2021 en materia laboral, la subcontratación de servicios u obras especializadas distintas al objeto social y la actividad económica preponderante del contratante que no estén vigentes en el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), será sancionada fiscal y laboralmente.
Se reitera a las personas físicas y morales que contraten servicios u obras especializadas a que realicen dicha contratación exclusivamente con empresas que cuenten con un registro vigente en el Padrón del REPSE, de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). El folio de la actividad que aparece en el aviso de registro del prestador de los servicios u obras especializados y la cantidad aproximada de trabajadores que ejecutarán dichos servicios deben estar señalados en el contrato de prestación de servicios u obras especializadas.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social reiteran su compromiso con la aplicación correcta de las disposiciones fiscales y la prohibición que tienen las personas físicas y morales para prestar y contratar servicios u obras especializadas que formen parte de su objeto social y de su actividad económica preponderante del contratante.
Los prestadores de servicios que oferten y ejecuten servicios especializados sin contar con su registro en el REPSE, y aquellos que aún contando con él incumplan con sus obligaciones fiscales y de seguridad social, o con los requisitos de la Ley Federal del Trabajo en la materia, podrán ser sancionados por el delito de defraudación fiscal. Por su parte, las empresas o personas físicas que realicen la contratación de esos servicios no podrán hacer deducibles o acreditables los pagos que hayan realizado por las obras o servicios contratados.
Además, de acuerdo con el artículo 1004-C de la Ley Federal del Trabajo, de no cumplir con estas disposiciones se impondrá una multa de 2 mil a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
¡Contribuimos para transformar!
¿Qué hay detrás de Notimex?
Nosotros no podemos asegurar que fue lo que verdaderamente paso con Notimex, pero allegándonos de la información difundida entre los medios de comunicación podemos identificar los siguientes conflictos:
1. Las viejas costumbres del sindicalismo: Cuando los trabajadores y patrones escuchan la palabra sindicato se muestra un temor y descontento inmediato. Esto no es de extrañarse, ya que el sindicato en México se ha relacionado con actos de corrupción, violencia, grupos de choque, extorsiones etc. Así empieza la historia de Notimex, con un sindicato que exigía mensualmente medio millón de pesos por “apoyo al sindicato”.
2. Injerencia del sindicato en la empresa: Los sindicatos deben enfocarse en los derechos de los trabajadores pero algunos han abusado de su poder e intervienen en la administración de la empresa. Es importante diferenciar entre libertad sindical y negociación colectiva con la imposición y control del sindicato en la empresa. Es cierto que durante la negociación colectiva de un contrato colectivo el Sindicato puede incluir cláusulas que le permitan tener cierto nivel de control, por ejemplo, la cláusula de exclusión por admisión; sin embargo ese control no puede traspasar ni sustituir las funciones del área de dirección de la propia empresa. En Notimex el sindicato autorizaba permisos con goce de salario que inclusive duraban años, solicitaban la contratación y reinstalación de personal que no cumplía con las capacidades y habilidades requeridas en el centro de trabajo, entre otros. Esto resultó en tener una planilla de trabajadores de los cuales solamente laboraban efectivamente un 30% aproximadamente. Es fundamental que los sindicatos conozcan los límites de sus actuaciones para evitar caer en el extremo del proteccionismo que claramente dirigirá a la empresa a una muerte anunciada.
3. La huelga… ¿“licita y existente”?: Es típico de las organizaciones sindicales amenazar a las empresas con el estallamiento de la huelga si no cumplen con sus caprichos, y el caso de Notimex no fue la excepción. La dirección al no querer ceder a las exigencias del sindicato consistentes en cuotas exorbitantes y contratación de personal que no tenía las capacidades para desempeñar esas funciones la huelga estalló en febrero de 2020. Ahora bien, el apoyo de la mayoría de los trabajadores para estallar la huelga despierta muchas interrogantes, ¿porque en el padrón se encontraba personal de confianza? ¿Porque personal que no labora en la empresa voto a favor de la huelga? Estas interrogantes ya ponen en duda el apoyo mayoritario de los trabajadores y por lo tanto la existencia de la huelga. Echándole más leña al fuego, durante la huelga 45 trabajadores quedaron secuestrados en el centro de trabajo, los “huelguistas” no permitieron salir a los trabajadores pudiendo estar en presencia de un delito penal y que pudiera calificar a la huelga como ilícita.
¿La protección de datos personales es aplicable para los sindicatos?
La reforma a la Ley Federal del Trabajo de 2019 introdujo distintas modificaciones, específicamente sobre las relaciones colectivas. Parte de estas se encuentran en el artículo 373, que establece la obligación de los sindicatos de rendir cuentas cada seis meses y exhibir los estados financieros a sus agremiados.
Lo relevante es que la rendición de cuentas exigida forma parte del expediente del sindicato y, por lo tanto, la autoridad laboral deberá publicarla en sus páginas de internet. Es decir, la obligación es publicar toda la información que integra los expedientes de los sindicatos para que cualquier persona, a pesar de que no tenga una relación con la agrupación, pueda consultar dicha información.
La Constitución de México reconoce que todas las personas gozarán de protección a sus derechos humanos. Es importante recalcar que los estados financieros forman parte del derecho humano a la intimidad, dignidad humana y a la vida privada. En ese sentido, la dignidad y derecho a la vida privada es un principio jurídico fundamental que debe ser respetado para el disfrute de los demás derechos humanos, por ser el núcleo más esencial de una persona.
Consulta el reportaje completo en:
¿Eres una empresa importadora o exportadora?
Hay ciertas fracciones arancelarias que están sujetas a regulación especial de la Secretaria de Trabajo y Previsión Social, y para tener los beneficios arancelarios del T-MEC, debes celebrar asambleas y tener representación sindical constante.
Acércate con su agente certificador, agente aduanal y Sindicato para poder tener la documentación necesaria y evitar cualquier retraso en aduanas.
¡Ojo con las extersiones!
En los últimos días se han entregado varias notificaciones para realizar inspecciones que no son emitidas por la Secretaria de Trabajo y Previsión Social, y se presenta personal a extorsionar a las empresas amenazandolas sobre las posibles multas aplicables y solicitando dinero para hacer caso omiso a dichas "infracciones".
Te compartimos un ejemplo de una orden de inspección falsa. Confirma la realidad de la orden en la siguiente página: https://conocetuinspector.stps.gob.mx/Publico/VerificaOrdenInspeccion.aspx


Solicitud de mejora a las instalaciones del AICM
Suplicamos a las autoridades federales dar atención prioritaria a las instalaciones del AICM, cuyas afectaciones perjudican el trabajo de nuestros agremiados, a los ciudadanos y usuarios.


Presentación de recomendación ante la CONAMER
Ya compartimos nuestros comentarios y manifestaciones respecto al anteproyecto publicado en la CONAMER.
Los procedimientos de democracia sindical son una realidad y solamente queremos garantizar los derechos laborales de todos los trabajadores en México.

¡Ya hay Vacaciones Dignas!
El 28 de diciembre de 2022 se publicó en el DOF la reforma a la Ley Federal del Trabajo para ampliar el periodo vacacional, quedando de la siguiente manera:

Las Vacaciones Dignas fue un logro para todos los trabajadores. 👷🏻♀️👷🏻♂️
Recuerda que el aumento de las vacaciones también impacta en :
✅prima vacacional (25%)
✅cuota al seguro social
✅pago de ISR
Si tienes alguna duda acércate a nosotros!
Incremento al Salario Mínimo 2023: 20%
El día 1 de diciembre de 2022, la Secretaria de Trabajo anunció que se realizará un incremento al salario mínimo del 20%, quedando así un salario mínimo para el 2023 de $207.44

El Gobierno de los Estados Unidos no acudirá al Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en contra de la empresa Saint Gobain.

Negociación colectiva de trabajo: lecciones de la crisis sanitaria
Los efectos del COVID-19 todavía pueden ser palpables en la vida cotidiana de las empresas y, en específico, de los trabajadores. Mientras duró la emergencia sanitaria, con el fin de continuar con su operación, algunas organizaciones optaron por el teletrabajo, mientras que otras tuvieron que retirar su oferta del mercado. En este trajín de supervivencia, las organizaciones perdieron de vista un elemento importante en las relaciones laborales: la negociación colectiva.
La negociación colectiva es un derecho de las organizaciones de trabajadores (artículo 4 del Convenio núm. 98 de la Organización Internacional del Trabajo), por el que tanto trabajadores como patrones establecen nuevas normas, así como adaptan y mejoran las condiciones laborales.
El reconocimiento de los sindicatos por parte del patrón constituye la base de todo procedimiento de negociación colectiva. Las principales características de la negociación colectiva son la siguientes:
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El reconocimiento del derecho de negociación colectiva es de alcance general y es aplicable a todos los trabajadores de las distintas industrias. La única excepción a este principio es para aquellos trabajadores de las fuerzas armadas, la policía y los funcionarios públicos de la administración del Estado.
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La negociación colectiva debe ser libre y voluntaria y respetar el principio de autonomía de las partes. Es decir, no es admisible la intervención de ningún Estado o autoridad en la negociación.
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La negociación colectiva se basa en el principio de buena fe, es decir las partes deben reconocer la personalidad de los sindicatos, procurar llegar a un acuerdo, mantener negociaciones verdaderas y constructivas, evitar demoras injustificadas y respetar los compromisos alcanzados.
DEMOCRACIA SINDICAL Y OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR
Después de un arduo análisis entre expertos en comercio exterior y derecho laboral llegamos a la conclusión de que a pesar de que ninguna autoridad aduanera o fiscal exige la Constancia de legitimación para mantener los beneficios fiscales y aduaneros de los programas de fomento, el Anexo 31-A y 31-Bdel T-MEC (Tratado México, Estados Unidos y Canadá) si prevé sanciones directamente a las empresas por no permitir la democracia sindical
Las sanciones pueden ser:
- Suspensión del tratamiento arancelario preferencial
- Imposición de sanciones sobre las mercancías o servicios
Consideramos que es muy importante que tomen en cuenta estos red flags en sus operaciones de comercio exterior para evitar la aplicación de cualquier sanción en las cadenas de suministro y encarecer la logística de la operación.
Contratos Colectivos de Trabajo, su futuro en México
Acabar con los contratos de protección es un desafío sobre todo para los sindicatos, que deben concientizar y empoderar a sus trabajadores. “Si llegamos a la fecha límite, los contratos colectivos se darán por terminados y no habrá una representación sindical. Las empresas tendrán que negociar de manera individual con cada trabajador las condiciones de trabajo”, explica la integrante de la Federación Obrera Nacionalista (FON).
Señala que el gobierno no obliga a legitimar los contratos de protección, sólo abre las puertas a hacerlo a través del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL); pues es un proceso opcional y si no se realiza no hay sanción.
“Es una responsabilidad de ambas partes. El sindicato tiene que tener la iniciativa de acercarse a la empresa, explicar el procedimiento, las consecuencias de hacerlo y de no. La empresa tiene que dar las facilidades para hablar con los trabajadores, explicarles el proceso y en qué consiste la reforma laboral, y también para entregar el contrato colectivo de trabajo, y que ellos tengan conocimiento de sus prestaciones. Lamentablemente todas las industrias tienen complicaciones para el proceso de legitimación, porque detiene su actividad. Otras no lo hacen por la situación económica, no saben si el próximo año todavía tendrán trabajadores, o porque no quieren que el trabajador se entere de las prestaciones de su contrato colectivo”.
La abogada Mendoza Pérez recuerda que el principio de libertad y democracia sindical se incluyeron en la reforma como una obligación adquirida por México en el T-MEC, a partir del cual se deben aprobar y ratificar los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Y como parte de eso mismo se prevé la legitimación de contratos colectivos, así como la elección de las directivas sindicales y revisiones contractuales sujetas a votación por parte de los trabajadores.
Previo a la reforma, dice, no existía un sindicalismo tangible en México: la mayoría de los contratos colectivos eran de protección y no velaban por los intereses de los trabajadores. “Por el contrario, los contratos se enfocaban en proteger a la empresa de agresiones externas. Ahora, el mayor de los retos para estos sindicatos es transformar sus ideales y principios para enfocarse en el trabajador y dar un paso en favor de la transformación del sindicalismo en México”.
Añade que, en medio de la contingencia sanitaria, las empresas se rehusaron a legitimar los contratos colectivos. Por la misma emergencia sanitaria quebraron 1.6 millones de empresas en México, entre octubre de 2020 y julio de 2021.
“Mi esperanza es que en el próximo año muchos sindicatos y empresas vean la situación en la que estamos y empiecen a legitimar. Una preocupación es que no sé si el CFCRL tenga la capacidad para llevar a cabo la legitimación de todos los contratos que se soliciten el próximo año”, apunta.
Refiere que en el caso de que Estados Unidos o Canadá solicitaran el mecanismo de solución rápida porque México incumplió con las obligaciones de la reforma, se formaría un panel arbitral para determinar sanciones. En ese sentido, señala que el gobierno mexicano tendrá que argumentar que dio todas las facilidades, y “lo que pasa es que los sindicatos y las empresas no han accedido a hacerlo”.
Mendoza Pérez aduce que las ventajas de que se legitime el contrato colectivo, es que los trabajadores tendrán a una organización que apoyará y hará presión para mejorar sus prestaciones. Indica que la FOM trabaja con 15 sindicatos para legitimar la mayor cantidad de contratos colectivos, y que los trabajadores conozcan sus prestaciones y apoyarlos con las empresas. Sobre los riesgos que significa la no legitimación, advierte que los trabajadores no tendrán representatividad y no habrá quién los defienda ante abusos por parte del patrón.
Advierte que estos trabajadores harán paros, huelgas, presión de manera exagerada para obtener los beneficios que desean, sin poner en balance los beneficios que obtendrían a largo plazo con apoyo de la empresa. La bogada vaticina que se van a extinguir muchos sindicatos de este tipo.
“Es un futuro incierto. No sabemos cómo se transformará el sindicalismo en México, pero ahorita tenemos que hacer todo lo posible por legitimar los contratos y que los trabajadores queden protegidos bajo un contrato colectivo. Lo correcto sería que aquellas empresas en donde se dio por terminado el contrato, porque no fue legitimado, los trabajadores se organicen, soliciten el registro y creen su propio sindicato. Ya no de las grandes federaciones, sino que ellos se organicen y hagan su sindicato, pues la autoridad como tal no puede obligar a un particular a legitimar un contrato”